Un acreedor es una persona física o jurídica que tiene el derecho a pedir el cumplimiento de alguna obligación que se ha contraído con él. Por lo general, la figura del acreedor se relaciona con los préstamos, y en este caso, el acreedor es el prestamista. En este sentido, acreedor suele referirse a la persona o entidad que entrega capital a un tercero a cambio de un interés y con el compromiso de devolución en un plazo determinado.
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El concepto de acreedor en profundidad
La figura del acreedor se remonta a la Antigüedad y es fundamental en cualquier economía. Desde tiempos inmemoriales, cuando alguien ha necesitado capital para superar un apuro puntual o poder comenzar un proyecto de futuro prometedor, ahí han estado los acreedores. Pero claro, como dice el refrán, nadie da un duro a cuatro pesetas: los acreedores ceden su capital para obtener un beneficio futuro en forma de interés y el compromiso de devolución futuro.
El acreedor es la persona física o jurídica que ofrece un préstamo a un tercero a cambio de un interés y el compromiso de devolución en un plazo determinado.
Los acreedores, por tanto, cumplen una función vital para el funcionamiento del mercado.
Intereses y riesgos
Los acreedores, en calidad de prestatarios, establecen contratos con terceros a los que ceden un determinado capital. A cambio, aquellos quienes adquieren una deuda con ellos, se comprometen a pagar un determinado interés y devolver el dinero en un plazo estipulado. El interés representa el coste del préstamo para el deudor. Por ejemplo, un banco entrega 5.000 EUR a una persona que quiere comprarse una moto. El banco establece un interés del 5%, que esa persona habrá de pagar en las sucesivas cuotas de devolución del capital que ha recibido. El coste, pues, del préstamo, es de 250 EUR.
La diferencia entre el acreedor y el deudor es que el acreedor es el que presta y el deudor el que adquiere el compromiso de devolución.
Pero los bancos, como ningún otro acreedor, conceden préstamos a la ligera, o al menos no deberían. Y es que existe un riesgo real de que, al dar el préstamo, pueda no recuperarse el capital cedido. Por ello, el deudor debe aportar garantías, y, en algunos casos, avales. Además, los intereses también se asocian al historial crediticio del deudor. Las personas y entidades tienen este historial que recoge los compromisos que adquirieron y su grado de cumplimiento, pero también sus ingresos y su patrimonio, con lo que se puede estimar si será capaz de devolver el crédito. Analizando estos historiales, los acreedores pueden saber con cierto grado de probabilidad si el deudor será capaz de cumplir con sus obligaciones adquiridas. Conforme mayor es la garantía de devolución, menor es el riesgo y, en consecuencia, el interés.
Las situaciones de quiebra
En ocasiones, por los motivos que fueren, los deudores pueden declararse en quiebra. Esta situación es de enorme riesgo, por lo que en muchos casos, los acreedores, a fin de poder recuperar al menos una parte de su inversión, procuran acordar una quita de deuda antes que arriesgarse a la pérdida de todo el capital cedido. Pero en otras ocasiones, puede no llegarse a un trato o llegar a una situación insostenible de forma abrupta, lo que conduce al deudor a la bancarrota.
Una vez declarada la quiebra, todo queda en manos de la justicia. El deudor ha declarado la incapacidad para atender a sus pagos y compromisos, por tanto, serán las instituciones las que resuelvan. Estas notifican a los acreedores, y, en numerosos casos, se venden los activos no esenciales en posesión del deudor para ir atendiendo a los distintos deudores según su prioridad. En este sentido, se suelen atender primero las deudas con el fisco, después la de los socios antes que los pagos por penas o por los intereses de refinanciación. Los pagos de acreedores menores con contratos sin garantía suelen quedar en el último escalofón.
Diferencia entre acreedor y cobrador de deuda
Además de la figura del acreedor, existe otra figura vinculada a los préstamos: los cobradores de deuda. En este sentido, si el acreedor es la figura que presta dinero y son los dueños de ese dinero, los cobradores no son los que prestan dinero. El acreedor, por tanto, es el depositario original de los derechos del cobro de esa deuda ya que, al fin y al cabo, él fue quien prestó el dinero. En cuanto al cobrador, es la persona física o jurídica que adquiere los préstamos impagados del acreedor, muchas veces con un descuento, y se dedica a cobrar esas deudas.
El cobrador de deuda es la persona física o jurídica que compra al acreedor un préstamo, por lo general en situación de incumplimiento de pago, y se encarga de cobrarlo.
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